La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de España, ha impuesto una sanción de 32 millones de euros a cinco petroleras, entre las que figuran Repsol –última gerenciadora de YPF antes de su estatización- por pactar precios entre ellas. En Argentina una denuncia similar efectuada por expendedores nunca tuvo respuesta.
De acuerdo con la CNMC, quedó acreditado que las compañías cometieron infracciones al artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, así como del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que se refieren a prácticas prohibidas de coordinación de precios, intercambio de información y pactos de no agresión.
La mayor sanción es para Repsol, que deberá pagar 20 millones de euros. En el comunicado se enumeran cada una de las infracciones cometidas:, aunque sobresale un acuerdo entre Cepsa y Repsol para la coordinación en las Estaciones de Servicio de Brea de Aragón e Illueca, en la provincia de Zaragoza, en julio de 2013; un pacto de no agresión entre estas mismas dos compañías en julio-agosto de 2011 en relación con las acciones de injerencia de cada una de ellas en las estaciones abanderadas por la otra; y varios intercambios de información estratégica durante 2011, 2012 y 2013 en relación a aquellas estaciones de servicio que son gestionadas por una de ellas y se encuentran abanderadas y suministradas en exclusiva por la otra operadora.
Ante esta nueva multa, la organización Facua-Consumidores en Acción ha reclamado al Gobierno que “intervenga el sector y fije periódicamente los precios máximos que pueden cobrarse por los carburantes en las estaciones de servicio“.
A través de un comunicado, la organización ha insistido en que la regulación de precios por parte del Ejecutivo “es la única forma de poner freno a las escandalosas prácticas oligopolísticas del sector” y ha recordado que “a finales de los años 90, el Gobierno abandonó el sistema de fijación de precios máximos para dar libertad total al sector para fijar los precios, con el falaz argumento de que ello incentivaría la competencia y el abaratamiento de los combustibles“.
En Argentina, una denuncia similar
Tres años atrás, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) decidió investigar una denuncia presentada contra YPF por supuesta posición dominante en el mercado local de combustibles aunque nunca se conocieron sus resultados. El organismo apoyó una demanda presentada el 11 de septiembre de 2009 por la Federación de Entidades de Combustibles de la Provincia de Buenos Aires (Fecoba).
Según la denuncia, la petrolera habría violado la Ley 26.156 de Defensa de la Competencia. Para estudiar el caso y admitir o descartar los cargos, la CNDC emitió una resolución de 29 páginas, en la que ordena la apertura del sumario, cuya base conceptual es determinar el comportamiento de la petrolera de la familia Eskenazi, en especial en la integración vertical de sus operaciones, ya que YPF participa en todas las etapas del negocio, desde la exploración, explotación y producción a la comercialización de combustibles con su propia red de estaciones de servicio.
Fecoba argumentó que YPF detentaba posición dominante y abusaba de dicha posición. En el escrito la entidad también advertía que esto es así por cuanto la explotación del negocio de los hidrocarburos estaría organizada por medio de la integración vertical; practicaría una alineación vertical de los precios de los combustibles; incurriría en discriminación arbitraria de precios de venta y llevaría a cabo una política de precios predatorios y de desabastecimiento de combustibles.
De acuerdo a los datos presentados por Fecoba, YPF tenía una desmesurada cuota de mercado además de ser un factor distorsivo de la competencia.