Contratos: afirman que las estaciones de servicio debilitaron sus posibilidades de negociación

fotopre8190Expertos en derecho energético explican que en el contexto de mercado actual, los expendedores no tienen más opciones que aceptar las condiciones que establecen los proveedores en los contratos. Iniciar acciones legales es romper drásticamente las relaciones y en consecuencia perder la bandera.

El mercado de los combustibles atraviesa un doble proceso de transformación. Por un lado, las petroleras empujan el negocio de manera de concentrar las ventas en locales de su propiedad; por otra parte, eligen minuciosamente los puestos con los que quieren trabajar en alquiler, por eso es que crece el número de operadores blancos al mismo tiempo se conocen nuevos embanderamientos.

Luis Navas, asesor legal de la Asociación de Estaciones de Servicio (AES) analizó este tema en una entrevista para surtidores.com.ar.

¿Qué recursos legales disponen los expendedores para protestar contra una situación abusiva por parte de su proveedor?

Siempre se trata de consensuar las soluciones si existieran situaciones que pudieran ser abusivas para el expendedor. Las más comunes que se presentaron en los últimos años fueron los quiebres de stocks por dificultades en el abastecimiento, las bajas comisiones, la escasa o nula inversión de las petroleras en las estaciones abanderadas. Cuando se utilizan recursos legales es porque ya nada se puede solucionar a través de una natural relación comercial.

Exceptuando las acciones legales… ¿Hay instancias negociadoras formales con las petroleras?

No hay otras alternativas. Las compañías petroleras determinan cuáles son las pautas comerciales y los expendedores acompañan.

Entonces… ¿Un expendedor no puede exigir la renovación del contrato de abastecimiento? ¿Es sólo a voluntad del proveedor?

Cuando la relación entre la petrolera y el expendedor es normal, la renovación del contrato es prácticamente un hecho. Sin embargo, cuando las estaciones se apartan del perfil prefijado, la renovación es más difícil o directamente no la hay. En definitiva es la petrolera quien decide si extiende o no el vínculo comercial.

Teniendo en cuenta estas condiciones… ¿Es posible incluir en el contrato algún tipo de cláusula que aclare que si el expendedor cumple los términos podrá elegir su continuidad?

Los contratos que se firman son de adhesión. Es decir, quien impone las condiciones contractuales es una de las partes. No hay posibilidades de imponer ninguna cláusula por parte del expendedor.

(Fuente: SURTIDORES)