De acuerdo a la normativa vigente los proveedores de combustibles son solidariamente responsables del daño producido al medio ambiente debido a que comparten las instalaciones que utilizan las estaciones de servicio. Sin embargo, exigen al operador que se haga cargo de la remediación como condición para extender el vínculo comercial
Las bocas de expendio de naftas y gasoil están obligadas a contratar un Seguro de Caución por Riesgo de Daño Ambiental de Incidencia Colectiva de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 de la Constitución Nacional y en la Ley General de Ambiente. En sus textos se expresa la obligación de garantizar la reparación de los bienes de uso colectivo, como el suelo y el agua, en caso de haber producido algún daño accidental.
Asimismo, la Resolución 1102/04 establece que “en el caso de bocas de expendio que tengan una misma marca con que se identifica y venden los combustibles, los titulares de dicha marca serán solidariamente responsables en el ámbito de las actuaciones de la presente Resolución”. En este párrafo queda expresa la obligación de las refinadoras de naftas y gasoil de responder ante una lesión al medio ambiente.
Y para aquellas estaciones que “se encuentren vinculadas a una petrolera con un contrato de consignación, es decir, cuando comercialicen combustibles líquidos por cuenta y orden de los titulares de empresa, estos últimos serán responsables exclusivos”. Este es el caso de la red de YPF.
No obstante, los expendedores aseguran que las petroleras no se hacen cargo de su responsabilidad. De hecho, denuncian que cuando están en el proceso de negociación para renovar el vínculo comercial con la compañía que los abastece, éstas agregan una cláusula en la que aclaran que los bienes que son propiedad de la empresa se transfieren a los operadores – por un valor simbólico de venta- que las deja legalmente desentendidas del daño ambiental.
Los proveedores reflejan en sus balances contables estos activos – surtidores y tanques – que utilizan sus operadores en comodato, por eso tienen que hacer figurar una operación registrable, por más que sea por un valor de rezago y lejos de los costos reales que existen en el mercado. El objetivo de esta maniobra es desligarse del pasivo ambiental generado desde el momento que la estación comenzó a funcionar.
Sin posibilidad de quejarse, los estacioneros firman los papeles, conscientes de que rechazar esta condición significa resignar la marca y pasar a ser blanco. Además, realizar un juicio contra una empresa de esta envergadura es un riesgo muy importante que pocos empresarios están dispuestos asumir.
Precisiones sobre los pasivos ambientales para estaciones de servicio
Destacan la importancia de contar con un servicio de gestión ambiental