Según una organización de Defensa de los Consumidores, en Mendoza Shell no podía alterar sus precios por haber alcanzado el límite que establece la Resolución 35/13 y la denunció ante la Secretaría de Comercio. El presidente de la petrolera explicó a surtidores.com.ar los motivos que justifican la ilegitimidad de la acusación
Luego de que YPF aplicara un aumento en sus combustibles, el resto de las empresas siguió por el mismo camino. La medida tuvo efecto en todas las provincias del país, sin embargo, en Mendoza, la Asociación de Defensa del Consumidor Protectora decidió denunciar formalmente a Shell, ya que luego de realizar una inspección en diferentes estaciones de servicio de la marca, se habría percibido la falta de cumplimiento de publicar información y respetar los precios máximos.
La entidad basó su acusación en la resolución 35/2013 de la Secretaria de Comercio de la Nación, que obligaba a las compañías hidrocarburíferas a mantener por seis meses el valor de sus productos por debajo de los precios máximos vigentes al 9 de abril de 2013. Por ello, pidió una actuación rápida al director de Defensa del Consumidor del Gobierno de Mendoza, Guido Roccuzzo, como autoridad de aplicación, para que inspeccione, labre las infracciones y sancione el incumplimiento con la clausura.
“Ante las denuncias de aumentos de precio que vienen sufriendo los consumidores, cada vez que van a cargar combustible para sus automotores, nuestra Asociación ha constatado en diferentes expendedoras, que las mismas no cumplen con el art. 3º de la Resolución 35/2013, que: pone a “su cargo” informar para conocimiento de sus clientes el precio más alto en cada región a los efectos de poder corroborar su cumplimiento”, sostiene el pedido formal.
“La falta de cumplimiento de esta normativa, impide la ejecución de una política necesaria para afianzar la transparencia en la comercialización de los combustibles y tener asegurado el suministro de los mismos, a fin de amparar los derechos de los consumidores”, reclamaron desde Protectora.
Shell se defiende
En respuesta a la imputación, el presidente de la petrolera, Juan José Aranguren, argumentó que Shell opera en la modalidad reventa, es decir que no fija ni sugiere los precios en el surtidor, como lo establece el marco regulatorio vigente, salvo que se trate de alguna empresa subsidiaria. En ese sentido remarcó que “Shell no opera estaciones de servicio en la provincia de Mendoza”.
Sin embargo señaló que “hemos cumplido con lo establecido en el artículo 3 de dicha norma cual es el informar los precios de venta al público máximos al 9 de abril en las 6 regiones en que se dividió el país, una vez que consultamos a los operadores de nuestra bandera y comprobamos los mismos en forma fehaciente”.
No obstante Aranguren detalló a surtidores.com.ar que “si bien consideramos que la Resolución 35/13 es ilegítima”, (las subsidiarias de Shell que si operan -50 de un total de 640- estaciones de servicio en Ciudad de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires presentaron un amparo en la Justicia), respetaron el dictado de la ordenanza “ya que partimos del principio de que una norma administrativa se presupone legitima hasta que la justicia disponga lo contrario”.