Desconcierto en el Gobierno acerca del plan de inversiones que deben presentar las estaciones de servicio

La Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburífera admitió desconocer cuales son los requisitos que deben cumplir las bocas de expendio respecto a las exigencias de la Resolución 49/2013. Aconsejan preguntar por mail pero hasta ahora no respondieron.

fotopre7096cTal como había adelantado surtidores.com.ar, la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburífera confirmó que todas las estaciones de servicio que comercialicen GNC o combustibles líquidos deben cumplir con lo dispuesto por la Resolución Nº 49/2013.

Sin embargo aun no ha especificado los puntos del Anexo (ver aquí) sobre los cuales deben responder los expendedores, teniendo en cuenta que el requerimiento pone el ojo en cuestiones relacionadas a la actividad de las compañías petroleras.

Este medio se comunicó en reiteradas oportunidades con el organismo que dirige el viceministro de economía Axel Kicillof recibiendo siempre la misma respuesta: “los asesores lo están evaluando, pregunten por mail”. Los funcionarios admitieron que las consultas llegan de “a cientos” y que a todos se les aconseja interactuar a través del correo electrónico cepnih@mecon.gob.ar.

La premura de los empresarios tiene que ver con el escaso tiempo que resta para el 15 de octubre, fecha límite para cumplir con la normativa. Teniendo en cuenta lo sucedido el año anterior suponen que el plazo se extenderá, o al menos se permitirá ir adelantando parte de la información aunque sea parcial, y una vez completa presentarla en formato papel y digital.

Entre algunos de los requisitos que se exigen se destacan la fecha de inicio de actividades de la empresa; si forma parte de un grupo empresarial-económico nacional o extranjero; origen del capital de la empresa; facturación total el año 2012; personal empleado según su área operativa; participación accionaria en otras empresas; balance y copias de los registros, inscripciones y habilitaciones requeridos para desarrollar la actividad.

Los Formularios deberán ser suscriptos en todas sus fojas por los interesados, sus representantes legales o apoderados y deberán ser acompañados por una declaración jurada sobre la veracidad de los datos consignados.

(Fuente: SURTIDORES)