Representantes de las Secretarías de Energía y Medio Ambiente visitarán la sede de la Federación Argentina de Expendedores de Nafta del Interior (FAENI) este viernes para presentar ante sus asociados las últimas novedades en materia de “Contaminación por Hidrocarburos” y “Seguridad en las estaciones de servicio”. Se podrán hacer preguntas y manifestar inquietudes.
En los últimos tiempos crecieron notablemente las exigencias legales a las bocas de expendio: normas de seguridad, mantenimiento de surtidores, controles de calidad, contaminación de los recursos naturales, trabajo informal, entre otras cuestiones. Ante tantas actualizaciones de la normativa, prestigiosos profesionales y representantes de las distintas dependencias del Estado programaron un plan de visitas a las distintas provincias para explicar los avances de cada tema.
Este viernes será el turno de Santa Fe. La Federación Argentina de Expendedores de Nafta del Interior (FAENI) organizó una charla referente a la contaminación por hidrocarburos, su origen, el monitoreo y diagnóstico, la remediación y los seguros aplicables. Se llevará adelante en la sede de la calle Cochabamba 1515. Los interesados podrán confirmar asistencia a las líneas rotativas (0341-4812475), a la línea gratuita 0800 888 8995, o bien vía e-mail a faeni@datamarkets.com.ar. La conferencia será totalmente gratuita.
El panel de disertantes estará integrado por los Ingenieros Jorge Mangosio y Roberto Asato, de la Secretaría de Energía, el ex Secretario de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe, Dr. Marcelo Terenzio, y el Asesor Legal de la Federación, Dr. Guillermo Miguel. Coordinará el mismo, el Licenciado Jorge De Nápoli, de la Universidad Nacional de Villa María.
Roberto Asato, referente de la cartera energética adelantó a surtidores.com.ar que “vamos a desarrollar el tratamiento del Decreto 2407, que es la ley madre de la seguridad en las estaciones de servicio”. La idea es presentar los requerimientos y la responsabilidad de cada uno de los actores que participan de la venta de combustibles.
El primer artículo del Decreto 2407 deja entrever sobre que versará el encuentro. “Las empresas comercializadoras serán responsables que las instalaciones, equipos y elementos destinados al expendio de combustibles por ellas suministrado cumplan con las condiciones de seguridad establecidas en las presentes normas, debiendo asimismo exigir y fiscalizar el cumplimiento de las mismas. Con tal objeto deberán organizar un adecuado servicio de inspección, cuyas actuaciones —en su caso— serán elevadas a la Secretaría de Energía”.
Dentro del mismo artículo se expresa que “el expendedor estará obligado a mantener la construcción, instalaciones, equipos y demás elementos existentes en todo el recinto en que desarrolle actividad de expendio de combustible, de acuerdo con las presentes normas y también será responsable del cumplimiento de dichas normas en lo relativo a la operación de la boca de expendio”.