Pese a que falta más de un año para que venza la fecha límite impuesta por la Secretaría de Comercio para que comiencen los controles metrológicos sobre los surtidores de GNC, durante los próximos meses personal del INTI visitará las bocas de expendio para realizar estudios preliminares
La Secretaría de Comercio Interior aprobó, por Resolución N° 88/2012 publicada en el Boletín Oficial, el Reglamento Metrológico y Técnico para los sistemas de medición de gas natural comprimido de uso vehicular. La medida establece el control para los surtidores así como sus dispositivos principales, auxiliares y adicionales que se fabriquen, comercialicen, importen e instalen en el país.
El encargado de llevar adelante la auditoría será, al igual de lo que sucede en los combustibles líquidos, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). Si bien la reglamentación establece su vigencia a partir del 11 de setiembre de 2014, el organismo ya comenzó su preparación para salir cuanto antes a las estaciones de servicio.
Según precisaron desde el área correspondiente, actualmente se está trabajando en capacitar al personal, obteniendo el equipamiento y optimizando los recursos. No obstante en el ínterin, los inspectores visitarán las bocas de expendio para realizar estudios preliminares, “seguramente durante el transcurso del año”, apuntaron.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 4º de la ordenanza, los sistemas de medición de GNC de uso vehicular, así como sus dispositivos principales, auxiliares y adicionales deberán ser acreditados mediante la realización de una Verificación Primitiva de Única Unidad. El certificado obtenido tendrá vencimiento el día 1° de enero de 2022.
La tasa cuyo cobro estará a cargo de la Secretaria de Comercio Interior se fijó en $ 3.500 para la aprobación de modelo y en $ 700, por unidad para la verificación primitiva y la declaración de conformidad. El control periódico será con una periodicidad de un año.