El Ministerio de Trabajo aprobó el Convenio Colectivo suscripto entre la Federación de Entidades de Combustibles (FEC) y el Sindicato de Empleados de Estaciones de Servicio. Contempla la incorporación al básico en enero de una suma fija no remunerativa otorgada los últimos meses de 2014 que elevan el ingreso 5.75 por ciento más adicionales
A través de la publicación en el Boletín Oficial de laDisposición 412/2014, el Ministerio de Trabajo convalidó el acuerdo salarial suscripto entre la Federación de Entidades de Combustibles (FEC) y el Sindicato de Empleados de Estaciones de Servicio.
El mismo establece la modificación del compromiso celebrado entre las signatarias con fecha 11 de Marzo de 2014 como Acta Complementaria, para los trabajadores comprendidos en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 488/07.
Según la homologación, el personal incorporará al básico de enero 2015 la cifra no remunerativa de $ 400 que percibirá durante los meses de octubre, noviembre y diciembre. De este modo, el ingreso inicial de un Operario de Servicio será de $ 7933, un 5.7 por ciento por encima de los de este año.
La suba incluye además a los suplementos “Manejo de Fondos”, “Presentismo” “Compensación por tolerancia horaria” y “Adicional por temporada”, al ser estos solidarios porcentualmente al básico. Lo mismo sucede con la antigüedad, que quedó fijada en 2 por ciento hasta los 9 años, 2.5 hasta los 14 y 3 por ciento superando los 15.
Otro de los puntos contenidos en el acta ministerial ordena que las “estaciones de servicio no despacharán ningún tipo de combustible producto /o mercadería al público en general, los días 24 de Diciembre y 31 de Diciembre, en el horario de 22.00 hs a 6.00 hs, eximiendo a los trabajadores del sector de concurrir a sus puestos de trabajo, sin pérdida y descuento en su remuneración, a excepción de aquellos que deban cumplir con una guardia a los efectos de atender casos excepcionales (ambulancias, móviles policiales, bomberos etc.), estos trabajadores cobrarán esas horas al ciento por ciento”.
El presente Convenio Colectivo de Trabajo es de aplicación en todo el territorio de la República Argentina, y el plazo de vigencia será de 2 años. Sin perjuicio de la vigencia pactada, las partes se comprometieron a realizar revisión de salarios y rubros de incidencia sobre el mismo en el supuesto que se produzcan situaciones extraordinarias e imprevisibles en la economía del país.