Lo confirmó la Resolución 108/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial que lleva la firma de Guillermo Moreno. De este modo la medida se prolongará por 45 días y no hasta fin de año como se especulaba en medios extraoficiales.
El Secretario de Comercio Interior Guillermo Moreno, postergó los alcances de la Resolución 35/2013 que fijó un tope a los precios de los combustibles por 45 días más. Lo hizo mediante otra normativa, que lleva por número 108/13 (ver) y que fue publicada hoy en el Boletín Oficial. De este modo la medida que en principio tenía fecha de vencimiento el 10 de octubre, será aplazada hasta el 25 de noviembre.
Según establece la medida, para su dictado, “se tuvo en consideración que esta Secretaría debe entender en la ejecución de políticas y plexos normativos necesarios para afianzar la transparencia en la comercialización de bienes y servicios y tener asegurado el suministro de los mismos, a fin de amparar los derechos de los consumidores”.
Originalmente la decisión del Gobierno contemplaba mantener los valores en las estaciones de servicio por seis meses. La resolución comenzó a aplicarse a partir del 10 de abril fijando un precio máximo para las naftas y el gasoil igual al más elevado del día 9 para lo cual segmentó el país en regiones.
REGION 1 DEL NOROESTE: Jujuy, Salta, La Rioja, Tucumán, Catamarca, y Santiago del Estero.
REGION 2 DEL NORESTE: Formosa, Chaco, Misiones, Corrientes y Entre Ríos.
REGION 3 DE CUYO: San Juan, San Luis y Mendoza.
REGION 4 PAMPEANA: Córdoba, Santa Fe y La Pampa.
REGION 5 PATAGONICA: Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
REGION 6 Buenos Aires y Ciudad Autónoma
El artículo tercero señalaba que a los efectos de su aplicación, quedaría a cargo de las empresas dedicadas a la destilación, comercialización del petróleo y sus derivados, informar para conocimiento de sus clientes el precio más alto en cada región. Para ello solicitaron a los estacioneros que les remitieran los datos necesarios para cumplir con el mandato de la dependencia.
El carácter del requerimiento – declaración jurada – reclamaba el precio de venta al público de todos los hidrocarburos líquidos, expresados en pesos y litros, indicando dirección de la boca de expendio y razón social.
Los precios aumentan pero el posicionamiento del mercado no cambia