En las estaciones de servicio se impone el uso del Diesel 500 y el común se consigue poco

Si bien la Resolución 478/09 obliga el consumo solo en las capitales provinciales y las ciudades de Bahía Blanca y Mar del Plata, su disponibilidad crece en las estaciones de servicio ubicadas en el resto del país. El gasoil 1500 sin embargo, aun subsiste pero le queda poco tiempo: su producción deberá discontinuarse en 2016.

fotopre7118cLa Resolución 478/2009 estableció en su artículo 4º que a partir del 1º de julio de 2012 el Gasoil Grado 2 deberá tener un contenido máximo de azufre de 500 partes por millón en peso (mg/kg) en la denominada zona de alta densidad, compuesta por todas las capitales provinciales y las ciudades de Mar del Plata y Bahía Blanca.

Para el resto del país se sigue permitiendo que incluya 1500 partes por millón en peso. Sin embargo de a poco, la disponibilidad del más refinado va creciendo en las estaciones de servicio. Es que muchas al no disponer de la variedad superior, el Grado 3, van intentando retener sus clientes Premium con este combustible.

Gran parte del volumen que se distribuye en nuestro país proviene del exterior. Las petroleras lo importan aprovechando la desgravación impositiva que ofrece el Gobierno a través de la Ley 26784 y lo colocan en el mercado interno a un precio más conveniente que el gasoil tradicional.

El más conocido, y el pionero, es el Diesel 500 de YPF que se posiciona a mitad de camino de los ya conocidos Ultra y Euro. El resto de las empresas también tiene el suyo y a todas las aglutina el mismo objetivo: mejorar la calidad de los combustibles de uso masivo y promover el cuidado por el medio ambiente.

La irrupción de este producto hace cada vez más difícil conseguir las variantes menos calificadas. Subsisten en las estaciones con capacidad de carga de grandes rodados (camiones y colectivos) mientras que en las más chicas directamente ha desaparecido de los surtidores.

Más allá de no resultar tan rentable como su competidor de mayor calidad, lo cierto es que la normativa dispuso que su producción deberá discontinuarse en 2016. “A partir del 1º de junio de ese año, el contenido máximo de azufre, según norma ASTM D 5.453, medido como partes por millón en peso deberá ser de 30”, ordena la Resolución 1283/2006, que fija las especificaciones que deberán cumplir los combustibles que se comercialicen para consumo en el Territorio Nacional.

(Fuente: SURTIDORES)