Salvo que haya novedades por parte de la Corte Suprema de Justicia o del Ministerio de Energía y Minería, por el momento las bocas de expendio están obligadas a pagar las facturas con los aumentos. ¿Podrían las distribuidoras cortar el suministro?
Luis Navas, experto en derecho energético, analiza en una entrevista parasurtidores.com.ar los alcances de los fallos judiciales que se conocieron en los últimos días que frenan la actualización del cuadro tarifario.
¿Contemplan a las estaciones de servicio de GNC?
El fallo conocido de la Sala II de la Cámara Federal de la Plata derogó dos resoluciones del Ministerio de Energía y Minería, la 28 y la 31 del corriente año. La número 34, que impone los nuevos precios para el gas natural que se utiliza para GNC, no fue alcanzada en ese fallo de Cámara. Por lo tanto siguen vigentes las tarifas publicadas por el ENARGAS con vigencia a partir del 1 de Mayo.
Si en definitiva se mantiene la obligación de abonar… ¿sirve ubicar el concepto bajo protesto?
Pagar bajo protesto y pagar es exactamente lo mismo. No existe en el ordenamiento jurídico nacional esa figura jurídica. Si algún expendedor quiere intentar una acción, que muy difícilmente prospere, no necesita, previamente, hacer ningún pago bajo protesto.
Y si el operador no cancela la factura… ¿se podría cortar el suministro?
El marco normativo prevé que ante la falta de pago la distribuidora puede cortar el suministro. Cuando se reconecta, la distribuidora puede exigir la readecuación de las instalaciones a la nueva normativa. De ninguna manera debe llegarse al corte del servicio.
En este contexto de incertidumbre… ¿qué se pueda recomendar a las estaciones?
La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene en estudio una causa, que no es reciente, sobre aumentos del gas natural, y cuenta con un dictamen de la Procuradora favorable a las facultades que tiene el Poder Ejecutivo sobre las tarifas desestimando las decisiones judiciales. Los expendedores tienen sus cámaras empresarias para hacer conocer sus reclamos y propuestas.
¿Pero existe algún recurso legal para evitar el pago en este contexto?
Para el GNC no existe ninguna incertidumbre. La tarifa se conoce y ha sido debidamente comunicada por el ENARGAS en el Boletín Oficial.
Y por parte de las cámaras empresarias… ¿qué acciones legales podrían encarar para resolver el tema?
Las Cámaras no tendrían legitimación activa para presentarse. De todas maneras no creemos que prospere ninguna acción legal. A través de las reuniones mantenidas con distintos funcionarios por parte de cámaras empresarias, como así también por las declaraciones públicas de altos funcionarios del actual Gobierno Nacional surge claramente que el GNC ya no será favorecido desde el Estado. Por lo tanto, resulta imperioso que todas la Cámaras del sector, en forma conjunta, gestionen una audiencia con las máximas autoridades para demostrar la importancia del GNC y lograr incentivos concretos. Hasta ahora los funcionarios solo han tomado nota de la problemática.
Fuente: SURTIDORES