Luis Navas, especialista en derecho energético, analizó las consecuencias sobre las bocas de expendio respecto del fallo de la Corte Suprema que frena la actualización del cuadro tarifario a usuarios residenciales pero mantiene la suba del 500 por ciento a industrias y comercios.
¿Qué evaluación hace del fallo de la Corte?
En principio, el fallo de la Corte debe cumplirse. Asimismo, ello no obsta a que pueda opinarse de él. A nuestro criterio la Corte, avalando el fallo de La Cámara Federal de la Plata y lo expresado por la Procuradora, le dio una relevancia desmedida a la Audiencia Pública.
Debe tenerse en cuenta que la Audiencia no es vinculante y que todos los habitantes de nuestro país, incluidos los miembros de la Corte, saben que las tarifas del gas natural se atrasaron desproporcionadamente frente a los demás precios de la economía. De ahora en más, por imperio del fallo de la Corte, volveremos a pagar tarifas viles por un servicio que tiene mucho valor independientemente de su precio.
¿No está de acuerdo?
La Corte debió haber evaluado cual es el impacto en las cuentas públicas por su decisión. Pareciera ser que no lo hizo. De todas maneras, rescata que la política energética implementada a partir del año 2002 tuvo como consecuencia la pérdida del autoabastecimiento, el aumento del gasto público, importaciones por parte del Estado Nacional, déficit de la balanza comercial, consumo de los “stocks” de recursos y capacidad disponibles, escasez del gas, deterioro de las infraestructuras de transporte y distribución y falta de inversiones en el desarrollo de sus redes.
Por último consideramos que este fallo abre las puertas a la judicialización de las tarifas de los otros clientes de las Distribuidoras con final abierto el cual no atrae ninguna inversión.
¿Podrán prosperar los amparos que presentaron las cámaras empresarias?
Es difícil que prosperen los amparos para otros sectores distintos al residencial. Los comercios e industrias tienen al gas natural como un elemento más dentro del circuito al que pertenecen. En el caso del GNC la estación toma el gas natural de la red y lo comprime agregándole su utilidad económica. De todas maneras, siempre, estas cuestiones quedan libradas a apreciación judicial que son dinámicas.
Y en las audiencias públicas… ¿podrá haber sorpresas?
La Audiencia Pública no es vinculante. Es decir, el Poder Ejecutivo puede apartarse de lo allí considerado. Sin embargo, a la luz del último fallo de la Corte Suprema será conveniente que el Gobierno tome debida nota de lo allí debatido.
¿Participarán los representantes de las estaciones?
Es muy importante que los expendedores a través de sus Cámaras o por si mismos se anoten y participen en la próxima Audiencia.
¿Cómo afecta el ajuste a las bocas de GNC la nueva tarifa?
El aumento no afectó por el momento a las estaciones de carga de GNC porque quien tiene el auto convertido a GNC sigue cargando. Lo que se afectó gravemente es la conversión de vehículos. Por lo tanto los primeros perjudicados han sido los Productores de Equipos, los Talleres de Montaje y las Fábricas de Cilindros. Si las conversiones continúan en este nivel muy pronto el aumento del gas en boca de pozo también afectará a las estaciones. Serán más los autos que salgan del sistema por obsolescencia que los nuevos convertidos. En otras palabras, la conversión será negativa.
¿Y qué medidas pueden tomar las estaciones para recomponer la rentabilidad?
Las estaciones que expenden GNC a diferencia de las que expenden líquidos pueden fijar el precio de venta. Ese precio debe ser lo suficientemente equilibrado para poder pagar todos los costos directos e indirectos, obtener utilidad y no salirse del mercado. Muchos expendedores no aumentaron lo suficiente a partir del 1º de abril de este año y tuvieron importantes quebrantos.
Fuente: www.surtidores.com.ar