Expertos en derecho energético plantean adecuar la normativa vigente sobre estaciones de servicio

fotopre9130-488x333¿Es necesario ajustar la legislación a los cambios que se fueron produciendo en el mercado? Los entendidos en la materia hicieron un repaso sobre las principales normas que regulan la actividad. Como consejo a las autoridades, plantearon incorporar a las nuevas tecnologías.

Luis Navas, asesor legal de la Asociación de Estaciones de Servicio (AES) analizó en exclusiva parasurtidores.com.ar las leyes que están en vigencia actualmente y que controlan y guían el negocio de las bocas de expendio. Entrevista con el especialista.

¿Qué aspectos de la normativa que regula el funcionamiento de las estaciones deberían actualizarse? (seguridad, medio ambiente, etc)

El marco normativo para las estaciones de servicios debiera compilarse y adecuarse. La estación dual debe observar las normas del ENARGAS para el expendio de GNC y de la Secretaría de Energía para el expendio de combustibles líquidos. La norma que, fundamentalmente, rige para el GNC es la NAG 418 de 1992 con una pequeña reforma durante 2008 a través de la Resolución 281 del ENARGAS.

Por otra parte el Decreto 2407/1983 aprueba las normas de seguridad aplicables al suministro o expendio de combustibles líquidos por surtidor. Existe, asimismo, otras 9 normas que complementan ese Decreto. En otro orden, también, la Ley de Seguridad e Higiene Laboral Nº 19.587 y sus normas reglamentarias.

¿Qué cambios normativos se produjeron en los últimos años?

En los últimos años, desde la reforma de la Constitución Nacional de 1994 y su Ley Complementaria del Ambiente, comenzó una nueva legislación. Es la que exige el Seguro de Daño Ambiental de Incidencia Colectiva. También se crearon distintos registros, como ejemplo: Residuos Peligrosos y Efluentes Gaseosos.

¿Sería necesario incorporar nuevas medidas de seguridad?

Las medidas de seguridad son más que suficientes. Sin embargo se deben adecuar a las nuevas tecnologías.

En definitiva… ¿hay necesidad de un nuevo marco regulatorio?

No es necesario uno nuevo. Solo se deben agiornar los vigentes. Las distintas autoridades, por su parte, debieran ser proactivas en cuanto a la difusión permanente de las normas, como así también de las resoluciones que toman con relación a incumplimientos normativos.

(Fuente: SURTIDORES)