Fue a través de una Resolución del Ministerio de Trabajo de la Nación. De este modo quedó convalidado el aumento salarial acordado en mayo entre el Sindicato Petrolero de Córdoba y la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC).
Según Resolución Nº 1220, el Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acta acuerdo salarial alcanzado en el pasado mes de mayo, para el personal de estaciones de servicio, garajes; playas de estacionamiento y afines de la provincia de Córdoba, entre el Sindicato Petrolero de Córdoba y la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC).
Empresarios y trabajadores pactaron un aumento para estos últimos de 20 por ciento a partir de abril, 4 por ciento en julio y una asignación fija de $700 por única vez no remunerativa a abonarse $300 con los sueldos de noviembre y $ 400 con los de enero de 2014.
Las negociaciones llegaron a buen puerto luego de varias jornadas de intensas gestiones, en donde no faltaron incidentes que empañaron el debate y hasta una conciliación obligatoria dictada por la cartera laboral.
Desde el Sinpecor destacaron su satisfacción por el acuerdo aunque señalaron que “somos plenamente conscientes que solo alcanza a cubrir el desfasaje salarial producido por los incrementos de precios en los productos de la canasta básica que consume un trabajador”.
Normativa legal
El régimen legal que regula los derechos y deberes tanto del trabajador como del empleador, en el marco de la relación laboral, es la Ley Nº 20744. No obstante, el contrato se regirá por el Convenio Colectivo de Trabajo 58/89 correspondiente a la actividad, por las leyes y estatutos profesionales, la voluntad de la partes y por usos y costumbres.