La Corte Suprema decidirá si la aplicación de la Tasa Vial a los combustibles es inconstitucional

fotopre8201La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires se declaró competente para resolver el pedido de inconstitucionalidad contra la ordenanza del Municipio de Olavarría que establece una Tasa de Seguridad Vial sobre el precio de las naftas y GNC. La presentación contra la comuna fue realizada por FECRA.

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires aceptó entender en una demanda iniciada por la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA) contra el Municipio de Olavarría por la aplicación de la Tasa de Seguridad Vial sobre el precio de las naftas y GNC.

Así lo confirmó al medio Infoeme el abogado y especialista en Derecho Tributario Gastón Vidal Quera, quien analiza el caso para el estudio Lisicki, Litvin & Asoc, un grupo profesional dedicado al asesoramiento empresarial en las áreas de Impuestos, Auditoría, Consultoría, Derecho Tributario y Penal Económico, entre otras áreas.

La presentación inicial contra la comuna fue realizada por FECRA ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de la ciudad de Azul, quien derivó el planteo a la Corte Suprema bonaerense, por considerar que es su facultad determinar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la ordenanza fiscal.

Según expresó el experto, la Suprema Corte bonaerense “aceptó su competencia originaria” en la demanda iniciada por la Federación de Empresarios de Combustibles contra la Municipalidad de Olavarría.

La resolución con fecha del 31 de abril de 2014 lleva la firma del presidente de la Suprema Corte Daniel Fernando Soria y el resto de los jueces que integran el máximo organismo provincial del Poder Judicial.

Gastón Vidal recordó que de acuerdo al Decreto 78/14 la medida está vigente desde febrero de este año – aunque cabe recordar que hasta el momento sólo la cobran las estaciones de YPF- y precisó “que los responsables sustitutos para ingresarla son las estaciones de servicios y quienes expendan combustible”.

Explicó que de acuerdo a los tiempos judiciales la Suprema Corte “le correrá traslado de la demanda al Municipio” (hasta el momento las autoridades locales no fueron notificadas) y dijo que además el máximo Tribunal provincial “tiene en Estudio una medida cautelar para ver si mientras tramita el juicio se suspende el cobro y exigibilidad de la tasa”.

Luego de ello el Tribunal dictará sentencia y llegado el caso el tema será analizado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, si se impone un recurso extraordinario.

Para el consultor se trata de “un antecedente interesante” ya que es uno de los primeros que se conoce. Vale recordar que en la Provincia de Córdoba, que desde 2012 estableció una Tasa Vial Provincial de 0,40 centavos por litro de naftas, el gasoil y el GNC, destinada a mantener y conservar las rutas provinciales, en la Nación también se realizó una presentación similar para declararla inconstitucional.

Otra referencia reciente es una causa contra la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, donde el Superior Tribunal provincial hizo lugar a una medida cautelar y suspendió el cobro de una tasa a las naftas.

Expendedores satisfechos

La titular de FECRA, Rosario, Sica, se mostró exultante ante el anuncio. “Sangre sudor y lágrimas nos costo llegar a esta instancia”, señaló.

Sica hizo declaraciones a surtidores.com.ar durante el intermedio de un intenso debate realizado en la entidad, en el que se definía la fecha de una movilización en contra de la aplicación del gravamen en las localidades bonaerenses donde se cobra.

(Fuente: SURTIDORES)