Para proteger la fuente laboral, reclaman conocer la fecha de vencimiento de los contratos

Entidades gremiales pertenecientes a la actividad de las estaciones de servicio exigieron a la Secretaría de Energía que publicite, tal como exige la normativa, la fecha de caducidad de los contratos de suministro. Afirman que de este modo se preservarían los puestos de trabajo.

LA INFORMACIÓN DEBE SER PÚBLICALa Resolución 25/2000 que creó el Registro de Contratos que regula la relación entre compañías proveedoras de combustibles líquidos y operadores de bocas de expendio, establece en su artículo 3º que la Secretaría de Energía publicará, por Internet o por otro medio que considere adecuado, un listado de estaciones de servicio indicando tipo de boca, ubicación, capacidad de almacenamiento, bandera y fecha de vencimiento de los contratos.

Parte de la información, la que refiere a los datos de los comercios, ya está disponible en la web del organismo, sin embargo resta aun dar a conocer lo concerniente a las relaciones comerciales que vinculan a las empresas petroleras con los establecimientos que conforman su red abanderada.

En este sentido, desde diversas entidades gremiales exigieron que se cumpla lo dispuesto por la normativa. Afirman que conocer de antemano la caducidad de los contratos les permitiría ejercer acciones concretas en defensa de los puestos de trabajo y la continuidad de las empresas, ya que aseguran que en general toman conocimiento de la situación cuando la decisión de interrumpir el nexo está tomada.

La disposición ordena los titulares de bocas de expendio a registrar los contratos de abastecimiento y comercialización de combustibles que las unen con las empresas proveedoras de combustibles La información deberá presentarse bajo declaración jurada ante la Dirección Nacional de Recursos Hidrocarburiferos.

El formulario deberá ser actualizado toda vez que se produzcan modificaciones respecto a todos o algunos de los rubros que dentro de los diez días de haber operado cualquier modificación.

Entre los datos exigidos se destacan el tipo de opción de renovación (automática, unilateral a favor de la petrolera o del estacionero, exclusividad, modalidad de venta (consignado o reventa), si hay opción de compra de la estación a favor de la petrolera, si se impuso una cláusula de no discriminación de precios, condiciones de entrega del producto, comodatos y si se otorgó un préstamo para obras.

(Fuente: SURTIDORES)