La Justicia del Trabajo condenó a la petrolera a indemnizar a un gerente por despido y diferencias salariales. Había sido desvinculado por una causal que no se acreditó en el juicio y, además, era discriminado. El Tribunal afirmó que el actor se encontraba “injusta e inexplicablemente segregado”
La Cámara del Trabajo, con el voto de los magistrados Luis Catardo y Víctor Pesino, confirmó una sentencia de grado y rechazó el recurso de Petrobras S.A. La empresa fue condenada a indemnizar por casi medio millón de pesos a un gerente que fue despedido por una causal que no se probó en el juicio y que percibía un salario inferior al de otros dependientes con la misma jerarquía.
Según consigna el medio especializado “Diario Judicial”, la Sala VII del Tribunal de Apelaciones aseveró que “cuando el trato desigual y el perjuicio están acreditados, es la empleadora quien debe aportar y probar cuáles eran las circunstancias objetivas que, fundadas en la mayor eficacia, laboriosidad o contracción al trabajo y mayor responsabilidad funcional, tornaban razonable la distinción salarial”.
El gerente demandante se encontraba “injusta e inexplicablemente segregado con relación a la comunidad laboral específica” y “no se cuestiona la aptitud del titular de la empresa de abonar remuneraciones diferenciadas en función de una escala de valores o de merecimientos” sino que “se pretende impedir que se superen los límites de la irrazonabilidad o la arbitrariedad”, especificó la Justicia Laboral de Alzada.
En el caso, un gerente de Petrobras S.A. fue desvinculado porque, supuestamente, había enviado mails con información de la empleadora a otras empresas. El individuo interpuso, entonces, una demanda por despido arbitrario y reclamó diferencias salariales alegando la existencia de un trato discriminatorio hacia su persona, dado que cobraba menos que otros dependientes con la misma jerarquía.
El juez de grado admitió en forma parcial la demanda del trabajador, ya que sólo rechazó algunos rubros indemnizatorios. Ambas partes apelaron este fallo. La demandada cuestionó la decisión de fondo. El actor impugnó el monto de la indemnización.
Primero, la Cámara del Trabajo sostuvo que eran procedentes “las diferencias salariales derivadas del trato discriminatorio denunciado, toda vez que no fueron invocadas con claridad ni, tampoco explicadas en forma suficiente las razones por las cuales una sola gerencia tiene una jerarquía y responsabilidad inferior al resto de las que integran la Dirección en la que trabajaba el actor”.
Al respecto, no interesa “que el subordinado no probó que se encontraba en igualdad de condiciones” pues “fue la propia accionada quien omitió explicitar con precisión por qué existía esa diferencia”, puntualizó después el Tribunal de Apelaciones.
Luego, la Justicia Laboral de Alzada señaló que también era procedente la indemnización por despido pues “de la prueba testimonial surge la buena tarea, en general, del accionante” y no se probó que el actor “hubiese enviado diversos mails, vinculados a las operaciones que llevaba a cabo a casillas de correo ajenas a la firma”.
A su vez, la Cámara del Trabajo afirmó que el resarcimiento por la desvinculación era admisible “toda vez que la demandada soslaya que la comunicación del despido no satisfizo las exigencias previstas por el artículo 243 de la Ley de Contrato de Trabajo”.
“La mera declaración en que se fundó la denuncia del contrato, sin especificar circunstancia de modo y tiempo, y sin siquiera intentar aclarar su acusación aún después de haber sido negado el supuesto comportamiento reprochado, luce insuficiente”, precisó el Tribunal de Apelaciones.
La Cámara del Trabajo admitió parte de los reclamos del actor en torno al monto de la indemnización y elevó la suma fijada en primera instancia. Petrobras S.A. fue condenada a resarcir al demandante por casi 450.000 pesos, más intereses, y su recurso de apelación fue rechazado.