Se trata de un Proyecto de Ley conjunto entre el Senado y la Cámara de Diputados. Apunta exclusivamente a los productos destinados al consumo interno y para ello se deberá establecer un Régimen de Registro y Comprobación de Origen y Destino para el combustible exento
Los legisladores nacionales por la provincia de Santa Cruz, Eduardo Costa y Elsa María Álvarez, propusieron establecer un valor de ventas de combustibles líquidos que se destine al consumo interno, a un precio equivalente al 50 cincuenta por ciento del precio vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para poder concretarlo, exigen que los costos que demande su cumplimiento se imputarán de las retenciones que se aplican a la venta externa de petróleo. Asimismo y en función de transparentar su consecución, sugirieron establecer un Régimen de Registro y Comprobación de Origen y Destino para el combustible exento según el inciso d) del artículo 7 de la ley 23.996, el que tendrá por objeto realizar el control sistemático de dichos combustibles identificando todas las etapas: origen, transporte, puestos de control, descarga y auditoría externa de todo el procedimiento.
Desde 1991 rige en el país la Ley 23.966, que definió el marco regulatorio impositivo para los combustibles líquidos y el gas natural. Los consumidores finales de una amplia franja territorial de la Patagonia Argentina obtuvieron una significativa rebaja en el precio respecto a los vigentes en el resto del país, debido a dos motivos: la Integración Territorial y el Asentamiento Poblacional en las zonas desfavorables.
Entre las razones que justificaron la medida, se puede mencionar: las grandes distancias existentes entre las poblaciones y otros centros urbanos de mayor concentración de habitantes; el uso de los automóviles como una necesidad y no como bien suntuario; el mayor costo de vida; el carácter de provincias productoras de hidrocarburos; y la promoción de actividades tales como el turismo, la pesca y el transporte, entre otras.
Costa asegura que este beneficio se ha ido perdiendo paulatinamente como consecuencia del aumento en el precio de los combustibles líquidos. En sus comienzos y durante todo el período de la convertibilidad los precios pagados en la región beneficiada significaban valores inferiores al cincuenta por ciento respecto a los precios vigentes en el resto del país para el caso de las naftas, pero “en la actualidad esa diferencia es mínima, casi imperceptible”, afirma.
Es por ello que a través de este proyecto de Ley propusieron al Congreso de la Nación restablecer los precios diferenciales de los combustibles líquidos en la zona que comparten las provincias de Santa Cruz, Río Negro (en forma parcial), Chubut y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. “Creemos que la medida se justifica por los motivos mencionados y también por la contribución que desde estas provincias se realizan resignando parte de las regalías que nos corresponden por la explotación de hidrocarburos en la región comprendida”, concluyeron los parlamentarios.