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La advertencia de las Estaciones de Servicio de dejar de recibir tarjetas de crédito como medio de pago por la carga de combustibles debido a su alto costo arancelario y el extenso plazo de acreditación, dio lugar a la presentación de un Proyecto de Ley para modificar las actuales condiciones de comercialización.
La iniciativa, que lleva la firma de la diputada nacional María Victoria Tejada, pone énfasis en la compleja situación financiera que atraviesa la actividad y en la posición dominante que presenta el mercado de emisores de estos medios pago, “que menoscaba la posibilidad de negociación de establecimientos comerciales que sufren un desmedido impacto en su costo y que atenta en su ecuación económica y rentabilidad”, señaló.
“Las Estaciones de Servicio están atravesando mal momento económico. Los mínimos márgenes de utilidad, la enorme carga impositiva y los abusos de las empresas que nuclean las tarjetas de crédito, ponen al sector en una situación terminal”, expresó la legisladora.
Explicó que el arancel de 1,25 por ciento más IVA que cobran los bancos por la compra con tarjeta de crédito, más la demora de 10 días hábiles en pagarlas, dificultan este tipo de operaciones comerciales.
“El margen neto por litro de combustible es muy reducido, y no puede absorber el costo financiero que conlleva la demora en la acreditación. No podemos olvidar, además, que muchas Estaciones de Servicio son PyMES, y por eso deben recibir amparo de la legislación. No son grandes establecimientos que puedan acordar con bancos y compañías de tarjetas de crédito la reducción de tasas y comisiones ni plazos razonables”, afirmó Tejada.
En este sentido, recordó que la Justicia falló a favor de una presentación de la Federación de Expendedores del Interior del País (FAENI), disponiendo la readecuación de los contratos suscriptos entre las Estaciones de Servicio y la empresa que gestiona los plásticos, fijando en el 0,5 por ciento el arancel por cada operación de venta de combustible y reduciendo el plazo de pago de los importes derivados de tales ventas a tres días hábiles desde que fuera realizada.
“Este fallo configura un antecedente muy importante y nos impone como legisladores la necesidad de rediscutir y modificar los términos de la Ley Nº 25.065; sobre todo reduciendo los plazos de acreditación de pagos de parte de los emisores de tarjetas, evitando el perjuicio financiero a los distintos establecimientos comerciales debido al impacto de la inflación a partir de la demora”, concluyó Tejada.
FUENTE: SURTIDORES