El expendio de combustibles a motocicletas o pequeños recipientes conlleva un importante riesgo si no se toman las medidas de seguridad adecuadas. Especialmente en lo que respecta a la presencia de personas sobre el vehículo, para que no suceda un accidente como el ocurrido en una estación de servicio ubicada en Turquía.
Despachar nafta a una motocicleta aparenta ser una tarea muy sencilla. Sin embargo, una mala práctica puede ocasionar accidentes, en general muy graves, como el ocurrido en una estación de servicio ubicada en Turquía que ocasionó gravísimas quemaduras al operario y al conductor del rodado.
En este caso, una serie de acciones desafortunadas fueron las causantes del infortunio: el vehículo estaba en marcha y el conductor sobre él. Es por ello que vale recordar las consideraciones del Decreto 2407/83 que establece las reglamentaciones para el expendio de combustibles en las estaciones de servicio a motos y pequeños recipientes y que detallamos a continuación.
Motocicletas y ciclomotores:
La provisión de combustible se deberá realizar con el motor del vehículo detenido (contacto abierto), debiendo además apagarse todos los aparatos y equipos eléctricos así como los motores adicionales (mezcladores, etc.) o que utilicen quemadores, que pueda disponer el vehículo.
Al abastecer tanques de motocicletas u otro tipo de ciclomotores no se permitirá la presencia de personas sobre el vehículo.
El llenado del tanque deberá realizarse en forma lenta a fin de evitar derrames sobre las partes calientes del motor o caño de escape que pudieran inflamarse.
En caso que el pico no entre en el tanque se deberá utilizar un adaptador apropiado, nunca un embudo o elemento similar que puedan ocasionar derrames con facilidad.
Pequeños recipientes:
La carga de combustible en pequeños recipientes sólo podrá realizarse en envases indeformables, metálicos o de material resistente al fuego y de suficiente resistencia mecánica, de manera tal que una caída con carga completa no produzca la rotura del mismo. Deberán estar provistos de su correspondiente cierre hermético.
Dicha carga deberá realizarse, si fuera necesario, mediante un caño prolongador del pico de la manguera que permita la descarga del combustible sobre el fondo del mismo.
Está prohibido expender combustible en envases abiertos, botellas u otros recipientes de vidrio, plástico o todo otro material que pueda romperse o entrar en combustión.
Se recomendará al usuario a quien se despache combustible en pequeños recipientes portátiles, que no debe trasladarlo en un medio de transporte público de pasajeros.
Durante el despacho, debe tenerse cuidado en mantener una buena vinculación entre el pico de carga y el recipiente, o bien mediante la utilización de un cable que los conecte físicamente para evitar el probable salto de una chispa electrostática.
Está prohibido tener en la estación de servicio recipientes abiertos conteniendo combustibles líquidos u otro inflamable.